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DECRETO No. 002 (de 2 de enero de 2014)

DECRETO No. 002 (de 2 de enero de 2014) – Panamá

El Decreto No. 002 del 2 de enero de 2014 tiene como objetivo principal tipificar, investigar, perseguir, enjuiciar y sancionar los hechos relacionados con la delincuencia organizada o delitos complejos, en conformidad con la presente Ley, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, sus Protocolos y tratados internacionales ratificados por Panamá. En el primer artículo se establece esta finalidad y se menciona la normativa internacional que respalda estas acciones.

En cuanto a las definiciones clave, se establece que un "grupo delictivo organizado" es una estructura de tres o más personas que actúan de manera concertada para cometer delitos graves en busca de beneficios económicos o materiales. Se diferencia de un "grupo estructurado", que no está formado fortuitamente y no necesariamente asigna funciones definidas a sus miembros. Además, se detallan los "delitos graves" que incluyen desde blanqueo de capitales hasta delitos contra la propiedad intelectual, asociación ilícita, entre otros, sancionados con penas mínimas de cinco años de prisión.

En el ámbito procesal, se establece que cuando el Ministerio Público determine que los hechos investigados califican como delincuencia organizada, podrá solicitar al juez la aplicación de un procedimiento de tramitación compleja. Asimismo, se detallan los beneficios que pueden recibir tanto quienes participan en hechos delictivos como miembros de la delincuencia organizada, si colaboran eficazmente en la investigación y persecución de estos grupos.

Estos artículos contienen disposiciones relevantes para el proceso penal, como la extensión de la detención provisional a cuatro años en delitos de delincuencia organizada, la protección de testigos colaboradores, la creación de fondos para víctimas de delincuencia organizada, la autorización de técnicas especiales de investigación como operaciones encubiertas, vigilancia y seguimiento, entregas vigiladas, compras controladas, e interceptación de comunicaciones e incautación de datos.

Además, se incorporan nuevos artículos que modifican el Código Procesal Penal. Por ejemplo, el Artículo 45 establece disposiciones sobre la aprehensión provisional de dineros, títulos y valores en casos de delincuencia organizada, especificando su depósito en entidades financieras designadas, y en casos específicos, en fondos especiales para víctimas de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y delincuencia organizada. Asimismo, el Artículo 46 regula la aprehensión de bienes perecederos y de mantenimiento oneroso, detallando su destino en casos de delitos graves como la trata de personas o delincuencia organizada.

El Banco del documento, en su sección nueva, establece disposiciones sobre la sucesión en la gerencia general en caso de ausencias temporales o accidentales, así como la conformación de su patrimonio, financiamientos, operaciones, facultades y aseguramiento de inversiones. Se detalla que el patrimonio del Banco estará compuesto por subvenciones, bonos, ingresos generados, bienes transferidos, entre otros. Además, se establece que los financiamientos operarán bajo la total recuperación de la inversión, con el respaldo del Estado en caso necesario.

En cuanto a las operaciones y facultades del Banco, se le permite realizar una amplia gama de acciones, como conceder préstamos hipotecarios, administrar bienes inmuebles, vender propiedades, otorgar créditos, adquirir bienes muebles o inmuebles, y celebrar contratos diversos. Asimismo, se le autoriza a constituir fideicomisos, financiar proyectos de viviendas sociales, realizar peritajes y avalúos, y utilizar tecnología en sus operaciones.

En el ámbito del aseguramiento de inversiones, funcionamiento, créditos y bienes, se establece la obligación del Banco de contratar pólizas de seguro colectivas para proteger sus activos y garantizar sus operaciones. Se detalla la obligación del prestatario de adquirir seguros de vida y contra incendios, endosándolos a favor del Banco. Además, se establecen disposiciones sobre la cobertura de seg

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