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Resolución No. 219

Resolución No. 219 – Panamá

RESUMEN DE RESOLUCIÓN No. 219

  1. Propósito Principal:

La Resolución No. 219 tiene como objetivo reconocer a la IGLESIA CENTRO CRISTIANO BETANIA como una organización de carácter social sin fines de lucro, tras la solicitud presentada al Ministro de Desarrollo Social. Se busca validar la labor benéfica y de asistencia social que la organización realiza en beneficio de la comunidad panameña.

  1. Disposiciones Clave:
  • El Artículo 1 establece que la solicitud de reconocimiento debe ser presentada por un abogado ante el Ministro de Desarrollo Social.

  • El Artículo 2 requiere la presentación de una copia autenticada de la cédula de identidad de la Representante Legal de la asociación.

  • El Artículo 3 exige la certificación del Registro Público donde conste la inscripción de la organización.

  • El Artículo 4 detalla la documentación necesaria, incluyendo la corrección de la Escritura Pública original.

  1. Afectados por la Legislación:

La IGLESIA CENTRO CRISTIANO BETANIA es directamente afectada al ser reconocida como una organización de carácter social sin fines de lucro. Además, el Ministro de Desarrollo Social y su equipo son responsables de evaluar y otorgar este reconocimiento.

  1. Fechas, Números y Requisitos Importantes:
  • Se mencionan fechas clave como el 20 de enero de 2010, fecha de inscripción de la organización.

  • Se hacen referencias a números de certificaciones y escrituras públicas específicas que respaldan la solicitud de reconocimiento.

  • Se establece un plazo de cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reconsideración contra la resolución.

  1. Significado en el Marco Legal:

Esta resolución es relevante en el marco legal panameño al demostrar el proceso formal para el reconocimiento de organizaciones sociales sin fines de lucro. Se basa en leyes específicas como la Ley 38 de 2000 y decretos ejecutivos relacionados, estableciendo un precedente para la validación de entidades que promueven labores de servicio social y asistencia comunitaria.

En conclusión, la Resolución No. 219 sienta las bases para el reconocimiento oficial de organizaciones con propósitos sociales en Panamá, garantizando que cumplan con los requisitos legales para operar como entidades sin fines de lucro.

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