DECRETO No. 49 (de 2011) – Panamá
RESUMEN:
DECRETO No. 49 (de 2011) - Designación de Ministro y Viceministro de Educación Encargados:
- Propósito y Objetivo:
El Decreto No. 49 del 2011 tiene como objetivo principal designar de manera temporal a José Herrera Kivers como Ministro de Educación Encargado y a Celia Rodríguez Nieto como Viceministra Administrativa de Educación Encargada, en ausencia de los titulares de dichos cargos, Lucy Molinar y su respectivo Viceministro. Estas designaciones tienen un alcance específico en cuanto a fechas y duración.
- Disposiciones Clave y sus Implicaciones:
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Artículo 1: Designa a José Herrera Kivers como Ministro de Educación Encargado, cubriendo el período del 22 de diciembre de 2011 al 9 de enero de 2012, durante la ausencia de la Ministra titular, Lucy Molinar. Esta designación asegura la continuidad de la gestión educativa en dicho periodo.
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Artículo 2: Designa a Celia Rodríguez Nieto como Viceministra Administrativa de Educación Encargada, mientras José Herrera Kivers ocupe el cargo de Ministro Encargado. Esta designación también abarca el periodo del 22 de diciembre de 2011 al 9 de enero de 2012. Ambas designaciones entran en vigor desde la toma de posesión de los cargos respectivos.
- Afectados por la Legislación:
Los principales afectados por este decreto son los funcionarios designados temporalmente: José Herrera Kivers como Ministro de Educación Encargado, Celia Rodríguez Nieto como Viceministra Administrativa de Educación Encargada, y los titulares de los cargos, Lucy Molinar y su Viceministro, durante su ausencia.
- Fechas, Números y Requisitos Importantes:
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Las designaciones abarcan el periodo del 22 de diciembre de 2011 al 9 de enero de 2012.
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Se mencionan los nombres de los funcionarios designados, sus cargos actuales y los cargos que ocuparán temporalmente.
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Se establece que las designaciones entran en vigor desde la toma de posesión de los cargos correspondientes.
- Significado en el Marco Legal:
Este decreto tiene relevancia en el marco legal al garantizar la continuidad de la gestión educativa en ausencia de los titulares de los cargos de Ministro y Viceministro de Educación. Además, demuestra la flexibilidad del sistema para asegurar el funcionamiento adecuado de las instituciones gubernamentales en situaciones de ausencia temporal de sus autoridades.
