# LEY No. 37 (de 27 de junio de 2007) – Panamá
RESUMEN:
LEY No. 37 (de 27 de junio de 2007) regula diversos aspectos relacionados con la migración en Panamá, estableciendo disposiciones específicas para el empleo de trabajadores extranjeros, el movimiento migratorio de poblaciones indígenas y los controles migratorios aplicables a empresas de transporte internacional.
- Propósito y Objetivo:
La ley tiene como objetivo principal regular la migración en el país, garantizando el cumplimiento de requisitos legales y protegiendo los derechos de los trabajadores extranjeros, las poblaciones indígenas y asegurando el control migratorio en empresas de transporte internacional.
- Disposiciones Clave:
-
Artículo 56: Obliga a empleadores a notificar al Servicio Nacional de Migración sobre el cese de la relación laboral con trabajadores extranjeros, estableciendo multas por incumplimiento y la posibilidad de deportación.
-
Artículo 57: Reconoce y protege los movimientos migratorios de poblaciones indígenas, garantizando su paso seguro y protegiéndolas de amenazas.
-
Artículos 59-62: Establecen controles migratorios para empresas de transporte internacional, incluyendo inspecciones, requisitos para pasajeros, devolución de pasajeros no admitidos y cooperación con el Servicio Nacional de Migración.
-
Artículo 63: Permite el uso de mecanismos tecnológicos para administrar el control migratorio.
- Afectados por la Legislación:
-
Empleadores que contraten trabajadores extranjeros.
-
Trabajadores extranjeros.
-
Poblaciones indígenas en movimiento migratorio.
-
Empresas de transporte internacional y sus pasajeros.
- Fechas, Números y Requisitos:
-
Los empleadores deben notificar al Servicio Nacional de Migración sobre el cese de la relación laboral en un plazo de veinte días hábiles.
-
Las empresas de transporte deben cumplir con requisitos de documentación, inspecciones y cooperación con el Servicio Nacional de Migración.
- Significado en el Marco Legal:
Esta ley es fundamental para regular la migración en Panamá, protegiendo los derechos de trabajadores extranjeros, poblaciones indígenas y estableciendo controles en empresas de transporte internacional. Garantiza el cumplimiento de requisitos legales, la seguridad de los migrantes y la cooperación entre entidades públicas y privadas en materia migratoria.
