POR LA CUAL SE CONCEDE UNA PRÓRROGA HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2026, PARA LA PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS ACREEDORES HIPOTECARIOS QUE OTORGAN PRÉSTAMOS SUJETOS AL RÉGIMEN DE INTERÉS PREFERENCIAL DE LOS FORMULARIOS DE REGISTRO DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PREFERENCIALES, Y/O DEL REGISTRO DE MODIFICACIONES DE PRÉSTAMOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY NO. 468 DE 24 DE ABRIL DE 2025, MODIFICADA POR LA LEY N°.481 DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 2025.
Resolución · 201-4928 · Gaceta Oficial No. 30583 · 5 de agosto de 2026
Resumen
La Resolución No. 201-4928, emitida por el Director General de Ingresos el 7 de julio de 2026, concede una prórroga hasta el 31 de agosto de 2026 para que los acreedores hipotecarios presenten los Formularios de Registro de Préstamos Hipotecarios Preferenciales y/o el Registro de Modificaciones de Préstamos. Esta medida responde a la imposibilidad técnica de cargar la información en el sistema e-Tax2.0 durante los meses de marzo a julio de 2026, derivados de la implementación de la Ley No. 468 de 24 de abril de 2025, modificada por la Ley No. 481 de 9 de septiembre de 2025, y su reglamentación mediante el Decreto Ejecutivo No. 23 de 12 de junio de 2026.