POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA Y DELEGA LA FACULTAD DE FIRMAR NOTAS DE RESPUESTAS QUE NO ACCEDE A SOLICITUDES DE TRÁMITES JURÍDICOS.
Resolución · DG-064-2026 · Gaceta Oficial No. 30558 · 1 de julio de 2026
Resumen
La Resolución No. DG-064-2026, emitida por la Directora General del Registro Público de Panamá el 29 de junio de 2026 y publicada en la Gaceta Oficial Digital el 1 de julio de 2026, tiene como objeto autorizar y delegar facultades administrativas para agilizar la respuesta a solicitudes de trámites jurídicos. Esta medida busca fortalecer la eficiencia institucional sin transferir competencias legales exclusivas de la Directora General.
La acción jurídica principal consiste en delegar la facultad de suscribir notas de respuesta en representación de la Institución. Esta delegación se otorga específicamente a la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal, y en su ausencia, a la Subjefatura de dicha oficina. El alcance de esta facultad se limita exclusivamente a los casos donde no se accede a solicitudes de cancelación por edicto, casos omisos, caducidades, notas marginales de advertencia y demás respuestas referentes a trámites registrales emitidas por la Oficina de Asesoría Legal.
La vigencia de la norma comienza de manera inmediata a partir de su firma, sin establecer una fecha de expiración específica ni referencias a códigos arancelarios o montos económicos. La resolución se fundamenta en la Ley 3 de 6 de enero de 1999, que otorga autonomía y define las funciones de la Directora General del Registro Público.