QUE MANTIENE EN TODAS SUS PARTES LA DECISIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN NO. SMV-405-24 DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2024.
Resolución · SMV-107-25 · Gaceta Oficial No. 30531 A · 25 de mayo de 2026
Resumen
La Resolución No. SMV-107-25 de 3 de abril de 2025, emitida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, dispone mantener en todas sus partes la decisión contenida en la Resolución No. SMV-405-24 de 13 de noviembre de 2024. Esta resolución anterior sancionó administrativamente a EDUARDO JARAMILLO SERACENI con una multa de CIENTO CINCUENTA MIL BALBOAS CON CERO CENTAVOS (B/.150,000.00) por infracciones muy graves y leves a la Ley del Mercado de Valores y sus reglamentos, específicamente por ejercer funciones de Ejecutivo Principal sin licencia, ausencia de políticas para cuentas inactivas y conflictos de interés.
El instrumento jurídico responde a un recurso de reconsideración interpuesto por el apoderado del sancionado, el Licenciado Jorge Ernesto Hernández Altafulla, quien alegó violaciones al debido proceso, falta de escucha del investigado en inspecciones previas y errores en la imputación de cargos. La Superintendencia, tras evaluar los argumentos, concluye que las inspecciones realizadas en marzo y abril de 2022 eran parte de funciones regulares de supervisión válidas independientemente del estado procesal del investigado en ese momento, y que la sanción se fundamenta en las funciones efectivamente ejecutadas por el señor JARAMILLO, las cuales corresponden a un Ejecutivo Principal según la normativa vigente, no en la denominación formal de sus cargos.
La resolución finaliza estableciendo que no existen elementos de hecho o de derecho nuevos que ameriten modificar la decisión recurrida, por lo que se confirma la multa impuesta. Asimismo, se comunica que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Junta Directiva de la Superintendencia del Mercado de Valores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, conforme al artículo 22 del Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999.